La presente Resolución tiene por objeto solicitar el otorgamiento de la Becas ICEX de Internacionalización Empresarial para personas físicas, con nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, para realizar un Máster Universitario en Dirección de Empresas Internacionales (MBA en Gestión Internacional) (Fase 0), prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior (Fase I), así como prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España sea miembro (Fase II).
Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las becas previstas por esta resolución, las personas físicas que, además de no incurrir en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan con los siguientes requisitos antes de su realización. del plazo de presentación de solicitudes:
1. Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.
2. Edad. Haber nacido a partir del 1 de enero de 1995.
3. Grado. Estar en posesión de un título universitario superior que permita el acceso a estudios oficiales de Máster de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de garantía de la calidad.
En todos los casos, será imprescindible acreditar un mínimo de 240 ECTS.
Sin perjuicio de lo señalado en el primer párrafo de este punto, la calificación podrá obtenerse y acreditarse hasta la finalización del procedimiento de selección y con anterioridad a la resolución definitiva de la concesión.
4. Idiomas. Prueba de tener un conocimiento avanzado de inglés. El nivel mínimo exigido es B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER))
5. Excepcionalmente, y sólo en aquellos casos en los que, en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria, se hayan cursado un mínimo de 180 créditos ECTS en inglés, se aceptará como acreditación de este requisito el certificado académico personal, que deberá incluir la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las materias cursadas, su calificación y la carga lectiva de cada una de ellas.
6. No haber sido beneficiario de estas becas en ediciones anteriores salvo que haya renunciado a la beca con anterioridad al inicio efectivo del Máster.
7. No haber recibido otras ayudas con la misma finalidad del Programa de Becas de cualquier Administración o entidad pública o privada, nacional de la Unión Europea u Organismos Internacionales en los últimos tres años.
8. No padecer enfermedad o limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las actividades que constituyen el objeto de la subvención.
9. No tener antecedentes penales, ni estar involucrado o involucrado en un proceso penal con medidas cautelares que puedan impedir el normal desarrollo de la beca, mientras se dicta sentencia firme.
El plazo de presentación de solicitudes será del 6 al 30 de marzo de 2023, a las 12:00 horas (en Madrid, España).
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